martes, 4 de septiembre de 2012

MANIFIESTO POR EL REFUGIO DE VIDA SILVESTRE GANDOCA MANZANILLO




























Mapa del nuevo limite que se pretender aplicar (reducción drástica) al Refugio Mixto de Visa Silvestre de Gandoca Manzanillo. Fotos 1 y 2 reproducidas de elpais.cr

















MANIFIESTO POR EL REFUGIO NACIONAL DE VIDA SILVESTRE GANDOCA - MANZANILLO


Las personas y organizaciones firmantes manifestamos:

· Que las áreas silvestres protegidas protegen lo mejor del patrimonio natural y cultural de Costa Rica.

. Que nos oponemos al proyecto de ley N° 18207 que pretende reducir el área del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca - Manzanillo, dictaminado afirmativamente por la Comisión de Asuntos Agropecuarios de la Asamblea Legislativa y aprobado en primer debate el recién pasado jueves 30 de agosto de 2012.


Fundamentamos nuestra posición en las siguientes razones:

1. La ZMT siempre ha sido de dominio público. “La zona marítimo terrestre siempre ha estado sometida a un régimen jurídico propio de los bienes de dominio público y por ello es inalienable e imprescriptible, desde el nacimiento de Costa Rica como Estado independiente e incluso desde la época colonial.” (Procuraduría General de la República en el dictamen C-020-95)

La llamada “Ley de la Milla Marítima” data de 1828 y su principal objetivo fue proteger las costas por razones militares y de seguridad nacional, ya que una milla era el alcance máximo de una bala de cañón. La actual ley, “Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre” de 1977, es más orientada a la protección ambiental de los litorales.” (David Gutiérrez, La República 24/07/2012)

Así, quien pretenda por medios no autorizados ejercer un uso privativo de esa zona tendrá vedada la posibilidad de consumarlo, pues es aceptado también, desde tiempo inmemorial que se trata de bienes imprescriptibles en favor de particulares y que están fuera del comercio…” (Sala Constitucional, Voto 447-91 de las 15:30 horas del 21 de febrero de 1991)

Las tres citas anteriores se explican solas. La condición de Refugio Nacional de Vida Silvestre viene a fortalecer esa condición primigenia de bien público al proteger el ambiente para el disfrute común. Para tales efectos el Refugio contempla restricciones al uso del suelo y a la explotación de los recursos naturales, a la vez que respeta a las personas que allí habitan, siempre y cuando también ellas respeten y cumplan las disposiciones legales.

2. Las áreas silvestres protegidas no pueden reducirse sin un previo estudio técnico que lo justifique. “La superficie de las áreas silvestres protegidas, patrimonio natural del Estado, cualquiera sea su categoría de manejo, sólo podrá reducirse por ley de la República, después de realizar los estudios técnicos que justifiquen esta medida.” (Ley Orgánica del Ambiente, articulo 38)

El proyecto de ley N° 18207 no cumple con los estudios técnicos requeridos. El Área de Conservación La Amistad - Caribe aporta al expediente un documento llamado “Criterio Técnico del Área de Conservación Amistad Caribe, SINAC-MINAET, respecto al proyecto de ley 18.207”, donde hacen un recuento de los antecedentes y la normativa legal del Refugio, copian un reglamento de zonificación que no cuenta con evaluación de impacto ambiental y presentan una caracterización del área para concluir que en la zona que pretenden urbanizar no hay bosque, sin tomar en cuenta la capacidad de carga y los impactos que la urbanización tendría sobre el acuífero costero, los arrecifes coralinos y el ambiente en general. Tampoco dicen nada del tratamiento del agua para consumo y de las aguas servidas, que ya son deficientes para la población actual.

3. El valor biológico del Refugio se vería afectado si su protección se reduce. Los principales arrecifes coralinos del Caribe Sur están en el Parque Nacional Cahuita y en el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca - Manzanillo. Estos arrecifes actualmente se ven afectados por la sedimentación y el vertido de sustancias contaminantes sin control, y en caso de aprobarse este proyecto los daños podrían aumentar hasta provocar su extinción. También en el Refugio se ubica el acuífero más importante de la zona, precisamente en la llanura costera Cocles - Manzanillo, es decir en el área que los impulsores del proyecto pretenden urbanizar. En lo que respecta a la vegetación costera, aún siendo Refugio las autoridades del Minaet no actúan cuando se denuncian socolas o talas ilegales; esto ha provocado un serio desbalance generacional en las poblaciones de árboles y palmas, que se extinguirían si se llegara a reducir el Refugio. Los daños todavía son reversibles, por lo tanto deberían realizarse esfuerzos para recuperar estas poblaciones de árboles que constituyen uno de los mayores atractivos paisajísticos de la zona.

4. La aprobación de este proyecto sentaría un peligroso precedente para todas las áreas silvestres protegidas. La eventual reducción del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca - Manzanillo por razones políticas y sin justificación técnica, abriría un peligroso portillo a la reducción y eliminación de las áreas silvestres protegidas que conforman el famoso 25% del territorio nacional por el cual Costa Rica es admirada y respetada mundialmente y que es el motivo por el cual la mayor parte de turistas nos visita.

5. Este proyecto es uno más de tantos que pretenden abrirle las puertas a la privatización de terrenos públicos valiosos por su biodiversidad y belleza paisajística en Costa Rica. El nombre del proyecto de ley Nº 18207 “Ley de reconocimiento de los derechos de los habitantes del Caribe Sur” es engañoso y no corresponde a lo que se propone. En la zona del Refugio que se pretende segregar quedan relativamente pocos pobladores originarios, pues muchos de ellos han sido desplazados por comerciantes nacionales y extranjeros que buscan enriquecerse con la compra y venta de terrenos.

Las presiones de grupos de interés que pretenden privatizar terrenos públicos se han venido dando a través de diferentes decretos y proyectos de ley. Así por ejemplo tenemos los casos de otras áreas silvestres protegidas, como por ejemplo el Parque Nacional Marino Las Baulas de Guanacaste y el Refugio Nacional de Vida Silvestre Isla San Lucas. Además podemos citar numerosos intentos de privatizar los territorios indígenas, las islas del Golfo de Nicoya, las Franjas Fronterizas, la Reserva Forestal Golfo Dulce, las tierras de Japdeva, todos sin excepción terrenos muy valiosos y ricos en biodiversidad, recursos naturales y belleza paisajística.

6. Con la aprobación de este proyecto los problemas sociales y económicos no se solucionan, se agravan. El proyecto de ley N° 18207 cuenta con solo dos artículos. El primero modifica los límites del Refugio y lo reduce. El artículo 2 dice así: “La zona de reconocimiento de los legítimos derechos de los habitantes y de los poblados costeros del Caribe Sur, se regirá por lo dispuesto en la Ley sobre la Zona Marítima-Terrestre Nº 6043 de 16 de marzo de 1977.” Esto significa que los terrenos que pretenden segregar del Refugio pasarían a ser parte de la ZMT y por lo tanto, se dará una “privatización de hecho” a través de concesiones otorgadas a particulares sobre planes reguladores diseñados para cumplir con las exigencias de proyectos turísticos y residenciales que no respetan el ambiente ni las poblaciones locales, las cuales finalmente resultan excluidas y empobrecidas porque no tienen capacidad financiera ni organizativa, como ya ha sucedido en varias zonas del país.

Además, el área desafectada saldría de la tutela del Ministerio del Ambiente y pasaría a manos de la Municipalidad de Talamanca, la cual no se ha caracterizado nunca por ser defensora de los recursos naturales de ese cantón. En caso de darse este cambio, los habitantes se verían obligados a solicitar concesiones a la Municipalidad y nada garantiza que se las vayan a otorgar. Y si se las otorgan y no cumplen las condiciones de la concesión turística, se exponen a perder sus derechos y a ser expulsados del lugar para darles la concesión a otros. Actualmente, con el Refugio, este problema no existe.

7. La Contraloría ha emitido informes que señalan la necesidad de proteger el ambiente en el Refugio. El INFORME-DFOE-AE-IF-03-2011 sobre la zonificación del Plan de Manejo del Refugio Gandoca-Manzanillo, ordena al Ministro y al SINAC ajustar tal instrumento a la Ley Forestal, en lugar de la Ley de Vida Silvestre, especifica para estos refugios. Ordena a la SETENA no otorgar más viabilidades ambientales en el Refugio, hasta que la orden anterior no sea cumplida. Adiciona el INFORME-DFOE-AE-04-2011 sobre algunos proyectos ubicados en la zona del Refugio Gandoca - Manzanillo, en el cual pide al SINAC y a la SETENA cuestionar la legalidad de varios proyectos llevados por los administrados en estricto apego con la ley vigente. Finalmente el INFORME-DFOE-AE-05-2011 sobre permisos de uso y permisos de construcción otorgados por la Municipalidad de Talamanca dentro del Refugio Gandoca Manzanillo, que pide al Concejo Municipal y al Alcalde cuestionar la legalidad de proyectos llevados a cabo por los administrados en estricto apego a la ley vigente.

Todos estos informes de la Contraloría han sido cuestionados y duramente criticados por el proponente del proyecto de ley Nº 18207, diputado Walter Céspedes.

8. Es posible crear regímenes especiales a favor de los habitantes sin necesidad de reducir el Refugio. El Refugio tal como está establecido permite hoy en día la permanencia de los habitantes originarios. No es necesaria una nueva ley. Además, es posible crear regímenes especiales para que los pobladores puedan permanecer ahí y realizar actividades diversas, ajustadas a requerimientos ambientales que les permiten desarrollarse integralmente como individuos y como comunidades, validando su arraigo y respetando su cultura, tal como los territorios indígenas o como el proyecto de ley Nº 18148 de Territorios Costeros Comunitarios.

La disminución del nivel de protección del que gozan los recursos naturales actualmente, atenta contra el derecho de las presentes y futuras generaciones a gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

Por todo lo anterior, categóricamente manifestamos que el proyecto de ley Nº 18207 es altamente negativo para el ambiente, para el país y para nuestra sociedad. Significa claramente un cambio negativo de visión y de filosofía con respecto a las áreas silvestres protegidas. La aprobación de una ley de este tipo, conllevaría a la degradación inminente de los ecosistemas terrestres y marinos dentro del Refugio de Vida Silvestre Gandoca - Manzanillo. Es por ello que instamos a la búsqueda, como país, de soluciones serias para las poblaciones costeras y solicitamos a los señores y señoras diputados oponerse a este proyecto y solicitar su archivo.


FIRMAMOS EN COSTA RICA EL 3 DE SETIEMBRE DEL 2012.

ORGANIZACIONES

ASOCIACION AMBIENTAL DEL NORTE DE SAN RAFAEL DE HEREDIA - ASOCIACION DE INICIATIVAS POPULARES DITSÖ - ASOCIACION BOSQUES NUESTROS - ASOCIACION RED DE COORDINACION EN BIODIVERSIDAD - COECOCEIBA/AMIGOS DE LA TIERRA COSTA RICA - COLECTIVO MEG - COMISIÓN DE ASUNTOS ECOLOGICOS DE LA FEUNA - COMITÉ BANDERA AZUL ECOLÓGICA DE SAN MIGUEL - CONFRATERNIDAD GUANACASTECA - FUNDACION NEOTROPICA - GRUPO CIVICO DOMINGUEÑO - ISV COSTA RICA - LLAMADO URGENTE POR EL PAIS - MIRAMAR AL GRANO - PASTORAL DE LAS GENTES DEL MAR (DIOCESIS DE PUNTARENAS) - PRESERVE PLANET - PRETOMA - RED INTERNACIONAL DE FORESTERIA ANALOGA - THE LEATHERBACK TRUST.

PERSONAS

Julio ABARCA MORALES - Oscar AGUILAR BULGARELLI - Bernardo AGUILAR GONZALEZ - José Francisco ALFARO CARBAJAL - Mauricio ALVAREZ MUÑOZ - Carlos AMADOR MUÑOZ - Gadi AMIT KAUFMANN - César ANGULO NAVARRO - Walter ANTILLON MONTEALEGRE - Randall ARAUZ VARGAS - Vernor ARGUEDAS TROYO - Ulises ARRIETA ABELLAN - Yamileth ASTORGA ESPELETA - Allan ASTORGA GÄTGENS - Marcela AVILA SEGURA - Trino BARRANTES ARAYA - Nancy María BARRANTES ROJAS - Fernando BERMUDEZ KOUMINEVA - Nicolás BOEGLIN - Mario BOZA LORIA - Rafael Guido BRENES ACUÑA - Elda BRIZUELA BLANCO - Julieta BUSTAMANTE VARGAS - Rodrigo BUSTAMANTE VAZ - Claudia CALVO LOUWARD - Elizabeth CAMACHO CARCACHE - Lolita CAMPOS BEJARANO - Carlos Manuel CAMPOS MENDEZ - Elías CARRANZA MAXERA - Rocío CARRANZA MAXERA - Ligia CASTRO PALMA - María Alejandra CASTRO QUESADA - Carlos CHARPENTIER MIRANDA - María Celina CHAVARRIA GONZALEZ - María Emilia CHAVES REES - Laura CHINCHILLA ALVARADO - Charlotte CONEJO ALVARADO - Agustín CONTRERAS ARIAS - Ricardo ESCALANTE FLORES - Anabelle ESPINOZA OVARES - Manuel Alejandro FERLINI CARTÍN - Flora FERNANDEZ AMON - Sol FERNANDEZ BUSTAMANTE - José Ignacio FERNANDEZ RODRIGUEZ - Gabriela FERNANDEZ TINOCO - Juan FIGUEROLA LANDI - Gustavo FUCHS ALVARADO - Pamela FUSTER BARAONA - Jaime GARCIA GONZALEZ - Miguel GOMEZ MUÑOZ – Mirta GONZALEZ SUAREZ - Mario GRANT SAENZ - María José GUILLEN ARAYA - Sophie HAUDINGER DE MIRANDA - Ana Beatriz HERNANDEZ BARQUERO - Aradelia HERNANDEZ H. - Andrés HERRERA CASTRO - Daniel HERRERA CASTRO - Federico HERRERA CASTRO - Helena HERRERA CASTRO - Enrique HERRERA HUSBAND - Julio JIMENEZ FERNANDEZ - Oscar Alberto JIMENEZ FERNANDEZ - Quírico JIMENEZ MADRIGAL - Andrés JIMENEZ MONGE - José Esteban JIMENEZ VARGAS - Rodrigo JIMENEZ VEGA - Noemy LINKIMER FONSECA - Joaquín LIZANO MORALES - Jorge LOBO SEGURA - Evans MARIN MORA - Luis Diego MARIN SCHUMACHER - Ana Lucia MARTEN BUSTAMANTE - Carmen María MARTÍNEZ NARANJO - Ericka MASIS TENORIO - Wilmar MATARRITA MATARRITA - Gustavo MENESES CASTRO - Pablo MONTERO TREJOS - Edgar MORA GUERRERO - Naila MORALES VARGAS - José Francisco MOYA HERNANDEZ - Isabel NARANJO VARGAS - Grettel NAVAS OBANDO - Luis Fernando PAGES CASAFONT - Carmen PEREZ AMORES - Ángel Arturo PEREZ CRUZ - Marta PESQUERO HENCHE - Rolando PORTILLA PASTOR - Julio PRADA VALVERDE - Salvador PUJOL FERNANDEZ - Jeannette QUESADA HERNANDEZ - Claudio QUESADA RODRIGUEZ - Guillermo QUIROS ALVAREZ - Wagner QUIROS PEREIRA - Antonio Luis RIBEIRO MIRANDA - Gabriel RIVAS DUCCA - Javier RODRIGUEZ FONSECA - Sonia Mayela RODRIGUEZ ORTEGA - Francisco ROJAS ARAYA - Amalia ROSSI GONZALEZ - Álvaro SAGOT RODRIGUEZ - Nelson SAINT-HILAIRE ARCE - Olga Marta SANCHEZ OVIEDO - Ronald Eduardo SANCHEZ PORRAS - Álvaro UGALDE VIQUEZ - Philippe VANGOIDSENHOVEN - Elena María VARGAS FONSECA - Carolina ZAMORA MARTÍNEZ - Vilma VARGAS MILANES - María de los Ángeles VARGAS PRADO – Luis Bernardo VILLALOBOS SOLANO - Erland WIMMER LUTZ - Odilie ZELEDON PRADO y más firmas…