sábado, 10 de diciembre de 2011

CONSULTA DE LA COMISION DE AMBIENTE DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA. EXPEDIENTE 17.856



Foto: mayo del 2009, con integrantes de la Asociación Ambiental del Norte de San Rafael de Heredia, de FUPROVIRENA e inspectores de COVIRENA observando el desastre ambiental de la ladera de enfrente (ver foto 2) en Concepción de San Rafael de Heredia


El Comité Bandera Azul Ecológica de San Miguel fue formalmente solicitado el pasado mes por la Comisión Especial de Ambiente del Poder Legislativo, en relación a un proyecto de ley sobre la necesidad de proteger especies no nativas en las cuencas altas y medias de Heredia (Expediente Nº 17.856). Esta solicitud responde a una nota colectiva de protesta del mes de octubre de varias entidades heredianas contra la Comisión de Ambiente, la cual nunca consultó a las organizaciones de la sociedad civil y comunidades afectadas, pese a circular documentación en el sentido contrario en este expediente legislativo. Esta protesta formal fue hecha pública en la prensa. Tratándose de un tema sobre el que hemos venido insistiendo desde varios años, y el apoyo que le hemos dado a nuestros compañeros de Concepción de San Rafael de Heredia (los cuales desde años han emprendido una tesonera lucha para el resguardo de estas zonas de recarga acuifera), hacemos de conocimiento público el contenido de nuestras respuesta a esta consulta de la Comisión de Ambiente.



Estimados señores /señoras Diputados/as

Comisión Especial de Ambiente


Congreso de la República

Att. Hannia M. Durán

Consulta criterio expediente 17856




Por la presente, agradezco en nombre del Comité Bandera Azul Ecológica de San Miguel, la solicitud recibida por esta vía el pasado 22 de noviembre y agradecemos el habernos solicitado nuestro criterio.

Como pequeña asociación, este CBAE:

-a) viene desde varios años advirtiendo de la falta de planificación en el desarrollo urbano en las partes medias y altas de varias cuencas de ríos heredianos;

b) se sorprende de mala manera de ver los avances, año tras año, de la tala de árboles, sean estos nativos o no, en las montañas que podemos admirar desde nuestro Distrito de San Miguel.

c) observa con profunda preocupación la total ineficiencia de las autoridades para proteger el recurso hídrico, las zonas de recargas y la cobertura boscosa en las partes altas y medias de las montaña de Heredia.

Gran parte de la cobertura boscosa de estas montañas es constituida de cipreses, plantados hace muchos años. Los beneficios de estos árboles son muchos, ya forman parte del paisaje natural y de la identidad de los lugareños, y, como todo árbol, cumplen funciones ambientales diversas. Es evidente entre otras

a - su capacidad de contención de la tierra (sistema radicular),

b - la protección a la erosión y escorrentía en los suelos, (gracias a su follaje de volumen expansivo) y

c- la protección que le significa esta cobertura boscosa a las zonas de recarga acuífera ubicadas en esta zona de Heredia (las cuales, como bien se sabe, garantizan el abastecimiento en agua potable de mas del 70% de la población del Valle Central)

Adicional a ello, partes de plantaciones de ciprés dan pie para el nacimiento de especies nativas, bajo la forma de un sotobosque, contario a una idea divulgada popularmente de que "donde hay cipreses no crece nada".


Por esta razón, el Comité Bandera Azul Ecológica de San Miguel y sus integrantes apoyamos la iniciativa de la Diputada Sianny Villalobos considerando (Exp. 17856) , en los cuatro puntos que a continuación desglosamos, a saber que:

1- se trata de cumplir con una exigencia de un voto de la Sala IV (Voto 2007-003923) que ya data del 2007, lo cual ameritaría ya haberse acatado hace muchos años

2. se requiere de manera urgente frenar la sedimentación sin precedentes de los rios heredianos, los cuales, con prácticamente cada aguacero de temporada, algo sostenido, se desbordan, provocando serios daños a nuestros cantones situados aguas abajo. Hacemos notar que el volumen de agua llovida no es mayor al existente hará 10 o 20 años atrás, sino que la capacidad de arrastre de los ríos heredianos ha llegado a una situación límite, y hacemos ver que ninguna entidad del Estado incorpora esta variable (capacidad de arrastre) a la hora de autorizar usos de suelo o desfogues de aguas pluviales a los ríos.

3. esta urgencia de contar con este texto además se justifica por el aumento de los daños por incidentes hidro-metereológicos en los cantones de Heredia que, para el 2010, fue claramente cuantificado por el universitario José Brenes en un reciente estudio qye evidencia el aumento exponencial de daños por inundación y deslizamientos en las partes bajas de varias cuencas de ríos heredianos en el Valle Central, como consecuencia directa del mal manejo en la parte superior de dichas cuencas heredianas (1). Los graves daños sufridos al iniciar la temporada lluviosa del años 2010 en San Pablo, Santo Domingo, el cantón central de Heredia, pero también en Desamparados, Aserrí, Paso Ancho o Tirrazes de Curridabat ilustran la gravedad de la situación.

4- se señala en el informe del Estado de la Nación, (2010, informe XVI), que esta resolución 2007-003923 (p. 211) de la Sala IV no fue acatada, entre otros ejemplos de desobediencia a las sentencias de la Sala IV por parte de autoridades recurridas Lo cual no debiera de darse tratándose del Primer Poder de la República, el cual da un pésimo ejemplo al resto de las entidades recurridas de manera sistemática por la Sala IV en los últimos años.

Por todas esta razones, solicitamos a la mayor brevedad se apoye este texto. El cual, como toda obra humana, es tal vez perfectible en algunos de sus formulaciones.las cuales los señores/as diputado/as sabrán mejor que nosotros incorporar con algín procedimiento expedito.

Agradeciendo desde a la atención a la presente, se suscrbe atentamente


CBAE S Miguel

http://banderazulsmiguel.blogspot.com


[1] Véase artículo, BRENES J., “Índices de riesgo hidrometeorológico: enseñanzas de una acción de inconstitucionalidad”, en Revista Ambientico (UNA): Expandieron el limite de contención de la GAM, Revista Ambientico (UNA) número 201(junio del 2010), pp. 12-15, recuadro en p.13 disponible en: http://www.ambientico.una.ac.cr/201.pdf

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